Aportar watsaps para acreditar determinadas circunstancias o incumplimientos se ha convertido en algo habitual en los litigios por divorcio y en los procedimientos de guarda y custodia de los hijos. Pero a partir de ahora no bastará con entregar al juez un pantallazo de los mensajes o de las redes sociales, sino que quien pretenda aprovechar este tipo de pruebas deberá acompañarlas de un informe pericial que acredite que los mensajes que aporta son ciertos y reales. Así lo establece una sentencia del Tribunal Supremo que fija claramente los criterios para considerar válidos los citados mensajes en los procedimientos de divorcio.

Un centro de referencia en cada Comunidad Autónoma inaugurará la medida que se extenderá después a todo el territorio. El personal sanitario de los hospitales será el encargado de inscribir a los recién nacidos en el Registro Civil a partir del próximo jueves y remitirá los datos a través de vía electrónica desde los centros médicos. La medida se implantará de forma progresiva de forma que, por el momento, la novedad se aplicará en un centro médico de referencia en cada Comunidad Autónoma.

El hecho de que un progenitor se encuentre en paradero desconocido y no pueda determinarse su nivel de ingresos, ¿Impide fijar una pensión alimenticia a favor de sus hijos menores?

La Sala Primera del TS ha declarado que esta situación no impide que los tribunales determinen una pensión a favor del menor, a modo de mínimo vital, que deberá satisfacer el alimentante desaparecido, aun cuando no se pueda fijar su importe.

El Govern ha aprobado hoy el decreto de creación del registro de parejas estables, que tiene como objetivo garantizar que todas las que residan en Cataluña puedan acceder a derechos públicos, como el de percibir de la Seguridad Social la pensión de viudedad. El Consell Executiu en funciones, reunido hoy en el Palau de la Generalitat, ha dado luz verde a este registro único que dependerá del Departamento de Justicia.

El BOE publica hoy la Ley 41/2015, de 5 de octubre, de modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para la agilización de la justicia penal y el fortalecimiento de las garantías procesales y la Ley Orgánica 13/2015, de 5 de octubre, de modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para el fortalecimiento de las garantías procesales y la regulación de las medidas de investigación tecnológica, que entrarán en vigor dentro de dos meses, así como la Ley 42/2015, de 5 de octubre, de reforma de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil., que entrará en vigor a partir de mañana.

Fuente: Economist&jurist.es